Organización Especial del Trabajo
Se garantizará el trabajo según un cierto ritmo, adaptándolo a la persona, atenuando su monotonía y repetitividad y cumpliendo las normas de salud laboral.
El Trabajo Nocturno
Es aquel que se realice entre las 22:00 y las 6:00 de la mañana. Tiene una retribución específica, salvo que sea nocturno por su propia naturaleza. Queda prohibido a menores de 18 años.
Trabajadores Nocturnos
Su jornada no podrá exceder de ocho horas diarias de promedio, en un período de referencia de 15 días.
Trabajo por Turnos
En el trabajo por turnos, los trabajadores ocupan sucesivamente los mismos puestos, según un cierto ritmo, continuo o discontinuo. En empresas con procesos productivos continuos de 24 horas, se tendrá en... Continuar leyendo "Normativa sobre Jornada Laboral, Descansos y Trabajo Nocturno" »